domingo, 25 de noviembre de 2012

El Amianto y la industria textil.

Se trata de dos documentales de RTVE de la 2 y su programa la noche temática.

El primer documental trata sobre el Amianto una sustancia cancerígena, de la que en su forma de crisotilo o Amianto Blanco, es explotado en Canadá, para luego ser comercializado en Europa, a pesar de que en este último, la fabricación y uso de Amianto está prohibido desde hace años.

El segundo documental, 4 videos de 15 minutos aproximadamente, trata sobre la industria textil y el tratamiento de textiles con sustancias químicas y procesos tóxicos, en países como China, Bangladesh o India, para luego ser comercializados en América y Europa, donde por último también pueden enfermar los trabajadores y consumidores.


"La noche temática - La trama del amianto"

"amianto viejo, se está permitiendo la importación y comercialización del nuevo, el crisotilo canadiense o amianto blanco, que se oculta en termos, juntas y otros artículos de uso diario. La salud de los consumidores se encuentra amenazada. La trama internacional del amianto es responsable de estar llevando este material de nuevo al mercado".




"La noche temática - Víctimas de la moda"

"Casi todas las marcas del textil fabrican sus ropas en China, Bangladesh o India, los salarios son bajos y la legislación para proteger el medio ambiente es permisiva. Pero no sólo en los países con salarios bajos los trabajadores están siendo envenenados; trabajadores del textil y consumidores en Europa también entran en contacto con peligrosas sustancias químicas y caen enfermos. El agente antimoho DMF que es usado con frecuencia en zapatos puede quemar la piel. Tintes sintéticos cancerígenos se encuentran a menudo en la ropa interior negra, los llamados azoderivados, también el rojo puede estar contaminado por esta sustancia".

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Fuente: RTVE

miércoles, 21 de noviembre de 2012

La princesa, no sólo para mayores.

Nuevamente la noticia es la Sanidad Pública y esta vez parece que ha habido acuerdo en el Hospital Universitario de La Princesa y no se especializará sólo en mayores de 75 años, ni se cierran las urgencias, ni dejan al margen a especialidades como pediatría, quirúrgicas y otras médicas, no obstante, reducen su presupuesto en más de 20 millones de euros, de los que seguramente buena parte sea en contratación y recursos humanos. Por otra parte, los planes de gestión público-privada de los hospitales Tajo, Sureste, Parla, Infanta Leonor, Henares e Infanta Sofía, continúan adelante.
La noticia en diario médico, a continuación:

“Acuerdo cerrado por el Hospital de La Princesa”

(...)El consejero de Sanidad de Madrid, Javier Fernández-Lasquetty, ha anunciado esta mañana que La Princesa seguirá teniendo un alto nivel en docencia e investigación y contando con una población de referencia -con hospitalización, consultas y urgencias- de todas las edades, pero con "una alta especialización" [que no superespecialización, como se decía de inicio] en pacientes mayores. "Ni se cierra ni se desmantela; se mejora", ha dicho el consejero(...)

(...)20'6 millones menos. Estos 29 planes tendrán que conseguir esa alta especialización en mayores a la vez que racionalizar el gasto. En concreto, el presupuesto del centro para 2013 sufrirá una reducción de 20,6 millones de euros, algo que, según el consejero, "se intentará conseguir con el desarrollo de esos 29 planes y que no tendrán por qué afectar a los puestos de trabajo". No obstante, también ha avisado de que el conjunto del ajuste presupuestario de la comunidad -no sólo para La Princesa- podrá tener incidencias en el personal, como cambios en la jubilación o en los profesionales que trabajen en los centros que pasarán a tener gestión privada -Tajo, Sureste, Parla, Infanta Leonor, Henares e Infanta Sofía-. Respecto a estos últimos, Fernández- Lasquetty ha confirmado que el plan sigue adelante y que ya se ha reunido con los comites asesores de los seis centros(...)

miércoles, 14 de noviembre de 2012

El Sistema Nacional de Salud y los MIR

Debido a los últimos cambios y recortes en la Sanidad Española y principalmente en la Comunidad de Madrid, resulta conveniente revisar la legislación en política de austeridad.

A finales del septiembre de 2012, se aprobaron los presupuestos generales del estado para 2013, en los que se incluyen los previstos para Sanidad y en los que estructuran la coordinación de la política de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud, incluyendo los aspectos relativos a la carrera profesional, los modelos retributivos y la homologación de los puestos de trabajo, así como la garantía de la cohesión de la política de recursos humanos y la movilidad de los profesionales en el Sistema Nacional de Salud, en el ámbito competencial del Estado. Proporcionando la mayoría de competencias efectivas a las comunidades autónomas.

Teniendo en cuenta esta premisa, el techo de límite de deuda pública de cada una de las Comunidades Autónomas, no podrán superar el 13 por ciento de su Producto Interior Bruto regional, la comunidad de Madrid y el resto de comunidades autónomas, presentan sus presupuestos generales de los que ahora conocemos sus efectos.

Entre la legislación que se revisa, evidentemente hay cambios en política de recursos humanos, así como lo que ya hemos visto “supresión tanto de la paga extraordinaria como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes” y lo que estamos viendo la “contención de gastos de personal”, “una simplificación del sistema” del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

Los MIR al hacer parte del Sistema Sanitario, también nos vemos afectados, con la formación y si continúan con la "simplificación" en recursos humanos, el número de tutores y centros se puede ver disminuido, así entonces su acreditación y en último lugar las plazas acreditadas para formar Médicos Residentes. 

Es lógico pensar que el sistema sanitario tal y como está planteado hoy, no es eficiente y es necesaria la reestructuración, pero aún no se han detectado los problemas concretos para ser resueltos, parece que es más facil privatizar, reducir nóminas y personal, pero no existen políticas de optimización en la eficiencia, por ejemplo medidas para disminuir la saturación de los hospitales, o la burocracia que soportan los médicos de Atención Primaria.

¿Cómo funciona el SNS y la Sanidad en España?.
La Constitución Española de 1978 establece, en su artículo 43, el derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria de todos los ciudadanos, bajo los principios de: financiación pública, universalidad y gratuidad de los servicios sanitarios en el momento del uso. Derechos y deberes definidos para los ciudadanos y para los poderes públicos. Descentralización política de la sanidad en las comunidades autónomas,etc. Para lo cual se conformó el CONSEJO INTETERRITORIAL DEL SNS, y determinando los siguientes órganos y competencias:
  • ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO:Bases y coordinación de la sanidad, sanidad exterior, política del medicamento, gestión de INGESA.
  • COMUNIDADES AUTONOMAS:Planificación sanitaria, salud pública y gestión de servicios de salud.
  • CORPORACIONES LOCALES:Salubridad, colaboración en la gestión de los servicios públicos

Consejeria de sanidad de la Comunidad de Madrid
Competencias: Al Consejero de Sanidad le corresponde la propuesta, el desarrollo, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad de Madrid en las siguientes materias: Aseguramiento sanitario, gestión y asistencia sanitaria, salud mental, atención farmacéutica, formación e investigación sanitarias, salud pública, seguridad alimentaria y drogodependencias.
Asimismo, le corresponden las atribuciones que, como jefe de su departamento, se recogen en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, las establecidas en la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid; y las que le otorguen las demás disposiciones en vigor.

Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

Justificación:
La Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999 dispuso en el Capítulo III de su Título I que sería el Estado, a través de las transferencias presupuestarias a las comunidades autónomas, el que asumiría totalmente la financiación pública de la asistencia sanitaria, desvinculándose con ello la asistencia sanitaria de las aportaciones a la Seguridad Social. Esta separación de fuentes de financiación entre el Sistema Nacional de Salud y la Seguridad Social no ha llevado aparejada la necesaria delimitación de funciones a la hora del reconocimiento de los derechos. Las comunidades autónomas, en el marco de sus respectivas competencias, han extendido el derecho de cobertura sanitaria de forma muy diversa y sin tener en cuenta la legislación europea en materia de aseguramiento, poniendo en riesgo la solvencia del propio Sistema Nacional de Salud y abocándolo a procedimientos de infracción por parte de la Comisión Europea que reclama la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato.

El Tribunal de Cuentas ha puesto de manifiesto que el Sistema Nacional de Salud está asumiendo, con cargo a sus presupuestos, la asistencia sanitaria de personas que la tienen ya cubierta, bien por sus instituciones de seguridad social en origen, bien por esquemas de seguros privados, lo cual está erosionando enormemente su capacidad financiera e impidiendo que sus gestores puedan seguir realizando mejoras en los servicios.

CAPÍTULO V Medidas en materia de recursos humanos Artículo 8. Modificación de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.

De la troncalidad y la capacitación específica.
La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, queda modificada en los siguientes términos(...)Áreas de Capacitación Específica, tiene carácter programado y se llevará a cabo por el sistema de residencia(...)Reglamentariamente se establecerán los supuestos y requisitos para que los Especialistas en Ciencias de la Salud puedan acceder, mediante convocatoria(...)El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, previo informe(...)podrá eliminar, disminuir o aumentar los años de ejercicio profesional(...)

De la Acreditación de centros y unidades docentes.
El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad(...)establecerán los requisitos de acreditación que, con carácter general, deberán cumplir los centros o unidades para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud(...)coordinar las auditorías de los centros y unidades acreditados(...)previos informes de la comisión de docencia y de la Consejería competente en materia sanitaria de la comunidad autónoma, resolver sobre las solicitudes de acreditación de centros y unidades docentes(...)La revocación, total o parcial, de la acreditación concedida se realizará, en su caso, por el mismo procedimiento(...)

De la cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
Con la finalidad de facilitar la adecuada planificación de las necesidades de profesionales sanitarios del Estado y de coordinar las políticas de recursos humanos(...)se crea en el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios(...)será público en lo que se refiere al nombre, titulación, especialidad, lugar de ejercicio, categoría y función del profesional, así como en lo referente a la titulación, especialidad, Diploma de Área
de Capacitación Específica y de Acreditación y Acreditación Avanzada, si los hubiere, y a las fechas de obtención y revalidación de cada uno de ellos(...)

Del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
Creación, modificación y supresión de categorías de personal estatutario de acuerdo con las previsiones(...)creación de un catálogo homogéneo donde se establecerán las equivalencias de las categorías profesionales de los servicios de salud(...)Elemento fundamental en este apartado(...)la evaluación del desempeño del personal estatutario, que los servicios de salud deberán establecer a través de procedimientos fundados en los principios de igualdad, objetividad y transparencia. La evaluación periódica deberá tenerse en cuenta a efectos de determinación de una parte de estas retribuciones complementarias, vinculadas precisamente a la productividad, al rendimiento y, en definitiva, al contenido y alcance de la actividad que efectivamente se realiza(...)las comunidades autónomas y entes gestores de asistencia sanitaria establecerán los mecanismos necesarios, como la ordenación de puestos de trabajo, la ordenación de las retribuciones complementarias, la desvinculación de plazas docentes, u otros, que garanticen el pago de la actividad realmente realizada.

Proyecto de Presupuestos Generales 2013 de la Comunidad de Madrid

Consejería de Sanidad:
(...)El presupuesto de Sanidad para 2013 será de 7.108 millones, un 7% menos que el presupuesto final de 2012. Una de las medidas que se engloban dentro de las reformas estructurales en la gestión sanitaria es avanzar más en fórmulas de colaboración público-privada. Para ello, se sacarán a concurso la prestación de la asistencia sanitaria especializada para la población atendida por los hospitales Infanta Leonor, Infanta Sofía, Infanta Cristina, Tajo, Sureste y Henares(...)

(...)En aras de seguir mejorando la atención sanitaria de los pacientes en los centros de salud, Sanidad quiere que sean los propios profesionales sanitarios los que gestionen directamente los mismos. Por eso, se sacará a concurso la gestión del 10% de los centros de salud (entorno a 27). Además, el Hospital de la Princesa se transformará en un centro especializado en atender a personas mayores, y el Hospital Carlos III se transformará en un hospital de larga y media estancia(...).